ANUNCIO DE COBRANZA DE LOS PADRONES DEL TERCER TRIMESTRE DEL 2020 Y COMPLEMENTARIO DE LOS AÑOS 2017, 2018, 2019 Y 2020

Consorcio Sector II Almería de Gestión Residuos

Presidencia

Secretaría

Economía y Hacienda - Padrones y Liquidaciones Fiscales - TASA POR RECOGIDA Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS URBANOS

Publicado: 19/11/2020
Modificado: 19/11/2020;
EDICTO DE NOTIFICACIÓN COLECTIVA - ANUNCIO DE COBRANZA PADRÓN Y LIQUIDACIONES
Referencia Expediente: 2020/CSII40/700-128/00014
Aprobados por Resolución de la Presidencia del Consorcio del Sector II de la Provincia de Almería número 134/2020, el Padrón
del Tercer trimestre del año 2020 y Complementario de los años 2017, 2018, 2019 y 2020, correspondientes a la Tasa por
Recogida, Transporte y Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos (Ordenanza publicada en el BOP de Almería núm. 89 de 10 de
mayo de 2012), a efectos tanto de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003,
de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del
presente anuncio, se exponen al público en el Boletín Oficial de la Provincia de la provincia de Almería, y tablón de edictos de este
Consorcio, por el plazo de 15 días hábiles, a fin de que quienes sean interesados puedan formular cuantas observaciones,
alegaciones o reclamaciones que tengan por convenientes.
Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o liquidaciones contenidas en los mismos podrá interponerse recurso
previo de reposición ante la Presidencia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de
exposición pública, de acuerdo a lo establecido en el artículo 14 del Texto Refundido de la ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en el artículo
24 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, se pone en conocimiento de los
contribuyentes que se procederá al cobro en periodo voluntario de la mencionada tasa en el plazo y mediante las modalidades y
lugares de pago indicados a continuación:
Período voluntario de cobranza:
Del 5 de enero de 2021 al 5 de marzo de 2021.
Modalidades y lugares de pago:
A) Contribuyentes SIN CERTIFICADO DIGITAL O DNI-E:
En cualquiera de las entidades colaboradoras: BANCO SANTANDER, CAIXABANK, CAJAMAR, BBVA, UNICAJA BANCO,
IBERCAJA, y BANKIA, presentando la carta-recibo correspondiente.
Los clientes de banca electrónica, de cualquiera de las entidades colaboradoras, pueden realizar el pago a través de la oficina
virtual siguiendo las instrucciones que podrán encontrar igualmente en la página web del servicio de recaudación de la Excma.
Diputación Provincial, y siempre que dispongan de la carta-recibo correspondiente.
B) Contribuyentes CON CERTIFICADO DIGITAL O DNI-E:
Descargando la carta-recibo desde la página web "www.hacienda.dipalme.org", en el enlace Oficina virtual o Recaudación
EELL; y pagar directamente mediante la pasarela de pago establecida con las entidades CAJAMAR y UNICAJABANCO.
Transcurrido el plazo de ingreso en voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el periodo ejecutivo, de acuerdo
con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la
exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan, en su caso, de las costas del procedimiento de
apremio.
En Benahadux, a 10 de noviembre de 2020.
EL PRESIDENTE DEL CONSORCIO, Ismael Torres Miras.

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Modificado: 19/11/2020


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